Defensa contra Proceso de Remoción o Deportación
El Proceso de deportación (que también se conoce como remoción) es un proceso mediante el cual el Departamento de Seguridad Doméstica deporta a una persona de Estados Unidos por la violación de las leyes de inmigración o por haber cometido un delito. Si se determina que alguien es removible, esta persona esta sujeta a recibir una orden para ser removido y debe salir de los Estados Unidos. Cualquier persona que no es ciudadano de los Estados Unidos puede ser deportado. Una persona que haya sido deportada puede tener un castigo de 10 años en los que no podrá volver a entrar a los Estados Unidos o perder el derecho de volver para siempre. En algunas estas devastadoras consecuencias se pueden superar presentando un perdón.
En AG Immigration Law P.A., apoyamos y representamos a inmigrantes los cuales estén en riesgo de deportación de los Estados Unidos. Tenemos un amplio conocimiento en procesos relacionados con el proceso de deportación.
En AG Immigration Law P.A., entendemos que un proceso de deportación es prioridad número uno; entendemos que lo difícil y estresante de esta situación. Nos esforzamos por proteger a nuestros clientes y sus intereses, y garantizar que ninguna persona sea deportada injustamente. Si usted o sus seres queridos han sido arrestados y temen que usted o ellos sean deportados de los Estados Unidos, contáctenos de inmediato, evaluaremos su caso y le daremos una asesoría honesta de sobre cómo proceder. Lo representaremos ante la Corte de Inmigración, la Junta de Apelaciones de Inmigración y hasta la Corte de Apelaciones del Onceavo Circuito Federal de los Estados Unidos.
Una persona que no es ciudadana estadounidense puede encontrarse en riesgo de deportación por cualquiera de las siguientes razones::
- El individuo tiene antecedentes criminales por delitos graves o menores.
- Ha cometido violaciones a las leyes de Inmigración de los Estados Unidos.
- Actualmente, la persona tiene la visa o tarjeta de residente vencida.
- Violaciones de empleo.
- La persona ha cometido un fraude en el momento de la Inmigración.
- Orden final de deportación una vez negado el asilo.
- No salir de los Estados Unidos una vez haya sido aprobada su salida voluntaria
Clases de Extranjeros Deportables
Cuando el extranjero no es Residente Legal: La razón mas común por la que portadores de Visa que no son residentes permanentes son deportados/removidos es por que entraron los EE.UU. sin inspección o sin documentos de entrada válidos, o porque entraron legalmente con algún tipo de visa, pero luego permanecieron dentro del país más del tiempo que se les autorizó.
Cuando el extranjero es residente legal y le niegan la entrada a los Estados Unidos: Hay varios escenarios que pueden resultar en rechazo de entrada a los Estados Unidos. Residentes legales de Estados Unidos que han permanecido fuera de los Estados Unidos por un largo periodo de tiempo deben estar preparados para suministrar evidencia en el puerto de entrada que ellos mantuvieron una continua e interrumpida intención de regresar a los Estados Unidos durante su ausencia.
Cuando el extranjero es residente legal y inician un proceso de deportación: Los residentes legales permanentes que solicitan la ciudadanía de EE.UU. pueden ser encontrados deportables sin ellos saberlo ya que como parte del proceso de naturalización se realiza un gran chequeo de los antecedentes de la persona. Retirar la solicitud de la ciudadanía no prevendrá la posibilidad de que la persona sea deportada si la persona ya ha sido puesta en el proceso de deportación. Sin embargo, una de las razones más comunes por las cuales un residente permanente es deportado de los Estados Unidos es por crímenes serios.
Un proceso de deportación se inicia por el Departamento de Seguridad Nacional y se le asigna el caso a un Juez de Inmigración. Es el juez de Inmigración el que ordena o no la deportación al inmigrante. Es en este momento crítico que es importante buscar un abogado para que lo represente en su caso en frente del juez de inmigración.
Nosotros en AG Immigration Law P.A. entendemos todas sus preocupaciones y miedos cuando se enfrentan ante una deportación. Si usted cree que está en riesgo de una deportación, contáctenos hoy para una consulta.
AG Immigration Law P.A. está dispuesto a pelear su deportación de los Estados Unidos y lo apoyamos en el proceso de aplicar a una petición y a su vez, obtener los documentos necesarios para apelar su caso.
Apelaciones A La Junta De Apelaciones De Inmigración.
Si un Juez de Inmigración expide una decisión adversa en su caso, usted tiene el derecho de presentar apelación ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (“BIA”) dentro de los treinta días siguientes a la decisión del Juez de Inmigración.
En AG Immigration Law P.A. manejaremos su apelación en forma profesional y compasivamente. Nos encargaremos de esgrimir todos los argumentos disponibles y mantendremos el expediente para entablar apelaciones adicionales, si se necesita. En AG Immigration Law P.A. tenemos una vasta experiencia en este tipo de casos, y hemos presentado un gran número de apelaciones a esta Junta en el pasado.
Apelaciones Federales
Si la Junta de Apelaciones de Inmigración falla a favor del gobierno, hay una posibilidad de apelar su caso de inmigración ante una Corte Federal de Apelaciones. Una apelación ante una Corte Federal de Apelaciones requiere la presentación de una Petición de Revisión.
En AG Immigration Law P.A. manejaremos su apelación en forma profesional. Las peticiones de revisión de la Junta de Apelaciones de Inmigración o las decisiones de la Agencia de Inmigración y Aduanas de Estados Unidos deberán radicarse a más tardar después de la fecha de la decisión para la cual el Interesado busca revisión de la Corte Federal.
Perdones
A ciertos inmigrantes no se les puede permitir ingresar u obtener estatus en los Estados Unidos porque son inadmisibles. Estos inmigrantes pueden superar la inadmisibilidad si son elegibles para solicitar y recibir una perdon.
USCIS o el Juez de Inmigración para aprobar un perdón busca:
- Promover la unidad familiar y proporcionar resultados humanitarios;
- Proporcionar alivio a refugiados, asilados, víctimas de trata de personas y ciertos actos criminales, y otros solicitantes humanitarios y de interés público que buscan protección o residencia permanente en los Estados Unidos;
- Promover el interés nacional al permitir que los inmigrantes sean admitidos en los Estados Unidos si dicha admisión podría beneficiar el bienestar del país;
- Garantizar que se cumplan las necesidades de salud pública exigiendo que los solicitantes satisfagan todos los requisitos médicos antes de la admisión o, si son admitidos, busquen el tratamiento necesario; y
- Sopesar las necesidades de seguridad pública y seguridad nacional contra los beneficios sociales y humanitarios de otorgar admisión a un no ciudadano.
- Las consideraciones de unidad familiar, razones humanitarias, interés público y nacional, y seguridad nacional pueden diferir dependiendo de la exención específica que busca un solicitante.
Los solicitantes de beneficios de inmigración deben establecer que son admisibles en los Estados Unidos. Si un solicitante de un beneficio de inmigración es inadmisible en los Estados Unidos, USCIS solo puede otorgar el beneficio si el solicitante recibe un perdón de inadmisibilidad u otra forma de perdón provista en la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA).
Debe cumplir con ciertos requisitos para que USCIS o la Corte de Inmigración o la Embajada de los Estados Unidos en el país del inmigrante otorguen un perdón.
Podemos representarlo en todos los diferentes tipos de perdones disponibles, como por ejemplo:
I-601, Solicitud de Exención de Motivos de Inadmisibilidad: Para las personas que no son elegibles para ser admitidas en los Estados Unidos como inmigrantes o para ajustar su estatus en los Estados Unidos, y ciertos solicitantes no inmigrantes que son inadmisibles; deben buscar un perdón de inadmisibilidad.
I-601A Solicitud de Exención Provisional de Presencia Ilegal: Para Ciertas personas solicitantes de visa de inmigrante que son familiares de ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales pueden usar esta solicitud para solicitar una exención provisional de los motivos de presencia ilegal de inadmisibilidad bajo la sección 212 (a) (9) (B) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad. Se debe presentar antes de salir de los Estados Unidos para presentarse en una Embajada o Consulado de los Estados Unidos para una entrevista de visa de inmigrante.
I-212, Solicitud de permiso para volver a solicitar la admisión a los Estados Unidos después de la deportación o expulsión: Si usted es inadmisible bajo las secciones 212 (a) (9) (A) o (C) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), para solicitar su consentimiento para volver a solicitar la admisión a los Estados Unidos para que pueda regresar legalmente a los Estados Unidos.
Un perdón es un proceso muy complejo que para ser aprobado debe cumplir con requisitos muy específicos. Estamos aquí para ayudarlo. Deje que AG Immigration Law P.A. maneje su proceso de perdón. Póngase en contacto con Adriana Gómez hoy para que pueda guiarlo a su proceso de perdón.
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